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Aditivos alimentarios

Los aditivos alimentarios son sustancias que se añaden a los alimentos y las bebidas por diversas razones, como mantener o mejorar su seguridad, frescura, sabor, textura o aspecto.

Muchas sustancias utilizadas como aditivos se producen de forma natural, como la vitamina Sustancia alimentaria necesaria en cantidades muy pequeñas para el crecimiento normal y el mantenimiento de la salud humana y animal. La mayoría de las vitaminas son «esenciales» ya que no puede fabricarlas el organismo. C (E 300) y la pectina (E 440) de las frutas, el licopeno (E 160d(ii)) de los tomates, y la lecitina (E 322), que está presente en una serie de alimentos como la yema de huevo, la soja, los cacahuetes y el maíz.

Los aditivos alimentarios también pueden proceder de animales (p. ej., el ácido carmínico o E 120, obtenido de un insecto, la cochinilla) o minerales (p. ej., el carbonato de calcio o E 170, obtenido a partir de la piedra caliza molida) o pueden sintetizarse químicamente (p. ej., licopeno sintético o E 160d(i)).

En la Unión Europea (UE) todos los aditivos alimentarios se identifican con un número E, y su seguridad se evalúa antes de poder utilizarlos en los alimentos.

Están autorizadas más de 300 sustancias para su uso como aditivos alimentarios en la UE. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha evaluado la seguridad de la mayoría de ellos, mientras que el resto fueron evaluados por el Comité científico de la alimentación humana, dependiente de la Comisión Europea, antes de que se creara la EFSA. Nuestros científicos están reevaluando la seguridad de estas últimas sustancias en consonancia con los conocimientos científicos más recientes.

Los aditivos alimentarios deben incluirse siempre en la lista de ingredientes de los alimenticios y bebidas en los que se utilizan.

Las etiquetas de los alimenticios y bebidas deben identificar tanto la función del aditivo en el producto alimenticio acabado (p. ej., colorante o conservante) como la sustancia específica utilizada, haciendo referencia al número E que corresponda o a su nombre (por ejemplo, E 415 o goma xantana).

Entre los aditivos que con más frecuencia figuran en las etiquetas de los productos alimenticios encontramos antioxidantes (para evitar el deterioro causado por la oxidación), colorantes, emulsionantes, estabilizadores, agentes gelificantes y espesantes, conservantes y edulcorantes.

Todos los aditivos alimentarios presentes en el mercado de la UE deben cumplir las especificaciones legales, que incluyen criterios de pureza mínima entre otros parámetros que permitan su identificación.

Se puede acceder a la lista de todos los aditivos alimentarios autorizados en la UE, sus números E y las condiciones de uso a través de la base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea.

Papel de la EFSA

La EFSA proporciona asesoramiento científico en apoyo de los procesos de autorización de aditivos alimentarios realizados por la Comisión Europea.

La Comisión Europea y los Estados miembros de la UE deciden sobre la aprobación de los aditivos alimentarios en el mercado de la UE y sus condiciones de uso (como el etiquetado y los límites máximos permitidos).

Nuestros expertos realizan evaluaciones de riesgos para los aditivos alimentarios de conformidad con las solicitudes de la Comisión Europea.

Nuestras evaluaciones tienen en cuenta todos los datos disponibles sobre las propiedades químicas y biológicas, la posible toxicidad Capacidad de una sustancia para dañar un organismo vivo. y las estimaciones de exposición alimentaria A efectos de la evaluación de riesgos, medición de la cantidad de una sustancia que consume una persona o un animal en su alimentación, añadida de forma deliberada o presente involuntariamente (por ejemplo, un nutriente, un aditivo o un plaguicida). de los aditivos alimentarios.

La EFSA desempeña tres tareas principales en relación con los aditivos alimentarios:

  • Evaluar la seguridad de los nuevos aditivos alimentarios o las modificaciones de aditivos alimentarios ya autorizados propuestas por los solicitantes con arreglo al Reglamento (CE) n.º 1331/2008
  • Reevaluar la seguridad de todos los aditivos alimentarios ya autorizados para su uso en la UE antes del 20 de enero de 2009, tal como exige el Reglamento (UE) n.º 257/2010
  • Responder a las solicitudes ad hoc de la Comisión Europea de revisar la seguridad de determinados aditivos alimentarios a la luz de la nueva información científica

Desde julio de 2018, nuestra Comisión Técnica de Aditivos y Aromas Alimentarios (FAF) se encarga de llevar a cabo las evaluaciones de seguridad y las reevaluaciones de los aditivos alimentarios en la UE.

Antes de esa fecha, los dictámenes científicos sobre aditivos alimentarios los emitía la Comisión técnica de aditivos alimentarios y fuentes de nutrientes añadidos a los alimentos (Comisión ANS) de la EFSA y, anteriormente, la Comisión técnica de aditivos alimentarios, aromatizantes, auxiliares tecnológicos y materiales en contacto con los alimentos (Comisión AFC).

Nuevos aditivos alimentarios o nuevos usos

En 2012 elaboramos un documento de orientación sobre los datos necesarios para la evaluación de riesgos de las solicitudes de autorización de aditivos alimentarios.

Los requisitos de datos se refieren a:

  • La caracterización del aditivo alimentario Sustancia añadida deliberadamente a alimentos o bebidas por razones técnicas beneficiosas (por ejemplo, para conservar, colorear o conferir una textura particular). Los aditivos alimentarios no suelen consumirse solos ni utilizarse como ingredientes en la comida., incluidos la descripción de su identidad, el proceso de fabricación, la composición química, las especificaciones, la estabilidad y la reacción y los efectos en los alimentos
  • Los usos y niveles de uso propuestos y la evaluación de la exposición Una de las etapas clave del proceso de evaluación de riesgos que consiste en evaluar minuciosamente quién, o qué, ha estado expuesto a un peligro y determinar las cantidades implicadas. alimentaria
  • Los datos de seguridad, incluidos la información sobre el potencial genotóxico del aditivo alimentario, los datos toxicológicos distintos de la genotoxicidad Capacidad de una sustancia de dañar el ADN de las células. y otra información de relevancia sobre su seguridad

Nuestros expertos tienen previsto actualizar el documento de orientación a finales de 2024.

Los últimos aditivos alimentarios autorizados que se han incluido en la lista de la Unión a raíz de las evaluaciones de riesgos de la EFSA son:

E 960d Glucósidos de esteviol glucosilados
E 1210 Carbómero
E 246 Glucolípidos

Véase: Solicitudes de autorización de ingredientes alimentarios: reglamentos y documentos de orientación

Reevaluación de aditivos alimentarios

De conformidad con el Reglamento (UE) n.º 257/2010, la EFSA debe reevaluar todos los aditivos alimentarios que se autorizaron para su uso en la UE antes del 20 de enero de 2009.

La finalización de esta tarea estaba prevista para 2020. Sin embargo, se necesitó más tiempo debido al gran volumen de trabajo y a la necesidad de solicitar datos adicionales para completar las evaluaciones.

Hasta la fecha, hemos reevaluado más del 70 % de los 315 aditivos alimentarios que se aprobaron en la UE antes del 20 de enero de 2009.

Para las reevaluaciones de aditivos alimentarios autorizados, los expertos de la EFSA comprueban todos los datos —disponibles a través de convocatorias de presentación de datos o búsquedas bibliográficas actualizadas— comparándolos con los requisitos científicos más recientes desde que la EFSA o el Comité científico de la alimentación humana realizaron una evaluación.

Las partes interesadas (p. ej., los operadores de empresas alimentarias, las autoridades alimentarias nacionales, las instituciones de investigación y el mundo académico) u otros implicados desempeñan un papel fundamental en el programa de reevaluación al presentar información, publicada o no, para las evaluaciones de seguridad.

Los últimos aditivos alimentarios reevaluados por la EFSA en el marco de este programa son los siguientes:

E 968 Eritritol
E 959 Neohesperidina DC
E 957 Taumatina

Todos los dictámenes científicos sobre la reevaluación de aditivos alimentarios están disponibles en el EFSA Journal.

Actividades de seguimiento

Durante la reevaluación de los aditivos alimentarios, nuestros científicos podrían identificar problemas o lagunas de datos que requieran un seguimiento, como cuando:

  • La EFSA no pudo reevaluar, y por tanto reconfirmar, la seguridad de un aditivo o determinar una ingesta diaria admisible Estimación de la cantidad de una sustancia presente en los alimentos o el agua potable que puede consumirse diariamente durante toda la vida sin que se aprecie un riesgo sobre la salud. Generalmente se expresa en miligramos de sustancia por kilogramo de peso corporal al día y se aplica a sustancias químicas como aditivos alimentarios, residuos de plaguicidas y medicamentos veterinarios. ( IDA La ingesta diaria admisible (IDA) es una estimación de la cantidad de una sustancia presente en los alimentos o el agua potable que puede consumirse diariamente durante toda la vida sin que se aprecie un riesgo sobre la salud. Generalmente se expresa en miligramos de sustancia por kilogramo de peso corporal y se aplica a sustancias químicas como aditivos alimentarios, residuos de plaguicidas o medicamentos veterinarios.) debido a la falta de datos científicos pertinentes
  • La EFSA redujo la IDA de un aditivo debido a la limitada disponibilidad de datos toxicológicos
  • La evaluación de la exposición Concentración o cantidad de una sustancia concreta que absorbe una persona, población o ecosistema con una frecuencia específica en un periodo determinado de tiempo. realizada por la EFSA indica una posible superación de la IDA para uno o más grupos de población Comunidad de personas, animales o plantas de la misma especie.
  • La EFSA planteó cuestiones relativas a las especificaciones de algunos aditivos establecidas en el Reglamento UE 231/2012

En estos casos, la Comisión Europea ha establecido un programa de seguimiento para recabar datos adicionales de los operadores empresariales interesados. La Comisión Europea solicita estos nuevos datos a través de convocatorias de seguimiento.

Una vez que se disponga de los datos solicitados, la Comisión Europea podrá solicitar a la EFSA que elabore nuevos dictámenes sobre los aditivos alimentarios previamente reevaluados.

Estos dictámenes de seguimiento pueden referirse únicamente a determinados aspectos de la evaluación de riesgos (p. ej., la evaluación de los datos sobre impurezas, la realización de evaluaciones de riesgos para la población de lactantes menores de 16 semanas, la actualización de la exposición alimentaria), mientras que en otros casos puede ser necesaria una evaluación científica actualizada completa.

Los últimos dictámenes científicos emitidos por la EFSA para el seguimiento de los aditivos alimentarios previamente reevaluados son los siguientes:

E 170 Carbonato de calcio
E 132 Carmín índigo
E 445 Ésteres glicéridos de colofonia de madera
 

Marco de la UE

Para los solicitantes de autorización

La EFSA ha publicado documentos de orientación para ayudar a los solicitantes de autorización a presentar la información necesaria para nuestras evaluaciones de seguridad.